
Programa de Asistencia de Emergencia al trabajo y la Producción – ATP 5ª ETAPA
QUINTA ETAPA ATP
Se extienden los beneficios del Programa ATP para los salarios y cargas sociales correspondientes al mes de agosto de 2020.
- Salario Complementario (SC).
- Postergación o reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA.
- Créditos a tasa subsidiada
- Se abonará a empresas con facturación nominal interanual negativa.
- La comparación de la facturación será entre julio de 2019 y julio de 2020.
- No recibirán el SC los trabajadores cuya remuneración bruta devengada en el mes de julio de 2020 conforme las declaraciones juradas F. 931- supere la suma de $ 140.000.
- Reciben el SC con independencia de la cantidad de trabajadores.
- El salario neto es el 83% de la remuneración bruta devengada en el mes de julio de 2020 (según F. 931).
- El SC es el 50% del salario neto determinado según el punto anterior.
- El SC no puede ser menor a 1 SMVM ni mayor a 2 SMVM.
- El SC no puede ser superior al salario neto de julio de 2020.
- Reciben el SC con independencia de la cantidad de trabajadores.
- El salario neto es el 83% de la remuneración bruta devengada en el mes de julio de 2020 (según F. 931).
- El SC es el 50% del salario neto determinado según el punto anterior.
- El SC no puede ser superior al salario neto de julio de 2020.