La Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual consiste en el pago de una suma de dinero que se abona una vez al año al padre/madre/guardador/tutor/pariente por consanguinidad/curador del menor de 18 años que concurre a la escuela y siempre que por dicho menor haya tenido derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo. También corresponde por los hijos con discapacidad, sin límite de edad, que cuenten con Autorización por Discapacidad vigente de ANSES y siempre que por ellos hayan tenido derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad. El objetivo de esta asignación es paliar los gastos escolares al iniciar un ciclo lectivo o un tratamiento de rehabilitación.

Corresponde el pago a los trabajadores en relación de dependencia, a los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Riesgos del Trabajo, a los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los de una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra, a los de una Pensión No Contributiva por Invalidez y a los titulares de la Prestación por Desempleo, siempre que se encuentren dentro de los topes de remuneración/haber/prestación vigentes.

Para los hijos con discapacidad no se exigen topes mínimos ni máximos de remuneración/haber/prestación, siempre que cuenten con Autorización por Discapacidad vigente de ANSES.

Para tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, además de otros requisitos, los hijos del titular deben concurrir a Establecimientos de carácter nacional, provincial, municipal o privados, incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, siempre que se encuentren reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.

Para el caso de hijos con discapacidad que cuenten con Autorización por Discapacidad vigente de ANSES, también pueden concurrir a Establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial o tratamiento de rehabilitación e incluso si reciben enseñanza impartida por maestros particulares que posean registro o matrícula habilitante. También corresponde en los casos que concurran a Talleres protegidos o Instituciones de Formación Laboral que los ayuden a su desarrollo y a su reinserción.

Para tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, los hijos menores de 18 años deben concurrir a:

– Nivel Inicial (desde los 45 días de vida), abarcando Jardines Maternales, Jardines de Infantes, Salas Multiedades o Salas Rurales, con distintas secciones y ciclos que respondan a las necesidades de los menores.

– Primaria/EGB.

– Secundaria/Polimodal.

Además de los mencionados anteriormente, si se trata de hijos con discapacidad, sin límite de edad que cuenten con Autorización por Discapacidad vigente de ANSES, pueden recibir:

– Enseñanza Diferencial/Rehabilitación/Enseñanza Particular/Talleres Protegidos/Formación Laboral.

Documentación obligatoria a presentar:

– Para titulares, a los que ANSES les liquida las Asignaciones Familiares: Los trabajadores en relación de dependencia y los titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), los de una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra, los de una Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez y los titulares de la Prestación por Desempleo, deben presentar ante ANSES el original del Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” debidamente cumplimentado.

Este Formulario fue diseñado electrónicamente para que cualquier persona pueda ingresar a la página web de ANSES, completar los datos requeridos del alumno/paciente, entregar la impresión del mismo ante el Establecimiento Educativo/Instituto/Taller/Maestro Particular para que la autoridad responsable complete los datos restantes y consigne la firma y sello.

Para aquellos titulares que no pueden acceder a INTERNET, se ha diseñado el Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” en papel, el que deberá ser solicitado por las áreas operativas a través del circuito habitual a la Coordinación Imprenta o descargarlo y/o imprimirlo desde INTRANET.

Una vez que el Formulario se encuentre debidamente cumplimentado en su totalidad (tanto por el titular como por el Establecimiento Educativo/Instituto), deberá entregarse en ANSES:

– Si se trata del Formulario PS 2.68 “electrónico”, debe tenerse presente que si faltara alguna documentación para acreditar datos en ADP (base de datos de personas), este Formulario la detallará en el campo observaciones, por lo que la persona deberá acompañar también el original y copia de la documentación requerida.

– Si en cambio se trata del Formulario PS 2.68 “papel”, la persona debe acompañar SIEMPRE original y copia del DNI y Partida de Nacimiento del alumno/paciente como así también el original y copia del DNI de sus progenitores.

– Para los titulares a los que ANSES no les liquida las Asignaciones Familiares: Los trabajadores en relación de dependencia de empresas no incorporadas al SUAF (de Organismos Públicos, de empresas con Participación estatal mayoritaria, etc.) deben presentar ante su Empresa/Organismo el Certificado Escolar como lo venían realizando habitualmente.

Presentación ante ANSES

Los beneficiarios a los que ANSES liquida las Asignaciones Familiares, podrán presentar ante este Organismo la documentación que avala el pago de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual:

– Previa solicitud de Turno por TE al 130 o a través de la página Web de ANSES. Para ello se habilitó una nueva opción dentro del Soft de Turnos denominada: “Ayuda Escolar Anual – Presentación Formulario PS 2.68.”.

– Por presentación espontánea.

Una vez cargada la información del Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” en el Aplicativo, se le entrega a la persona, la constancia que este emite, junto con el original del Formulario PS. 2.68 (completo, es decir sin desglosar el talón de recepción) debidamente intervenido por la UDAI (con sello fechador/firma y aclaración de firma y legajo del agente interviniente y sello de recepción en ANSES) y el original de la documentación requerida para la carga de datos en ADP. Si el operador tuvo que acreditar datos/relaciones en ADP, deberá archivar la documentación respaldatoria conforme lo establece la normativa de ADP.

– Presentación Espontánea:

El orientador recibe el Formulario PS 2.68 “electrónico” o “papel” debiendo constatar que el mismo se encuentre debidamente cumplimentado (especialmente que se hayan informado las vías de contacto teléfono y/o correo electrónico), junto con el original y copia de la documentación para la carga de datos y relaciones en ADP.

Devuelve a la persona el talón de recepción debidamente intervenido (con sello fechador/firma y aclaración de firma y legajo del agente interviniente y sello de recepción en ANSES) y los originales de la documentación de respaldo relacionada con las cargas familiares. Resguarda el Formulario y la copia de la documentación en un “buzón” que cada UDAI deberá habilitar para tal fin, para su posterior carga en ADP (de corresponder) y en el Aplicativo.

La información contenida en el Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” se cargará en el Aplicativo tal como se indicó en el Título “Presentación Turnada”.

Fecha de presentación de la documentación relacionada con el pago de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual:

– Para los titulares a los que ANSES les liquida las Asignaciones Familiares: Los trabajadores en relación de dependencia y los titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), los de una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra, los de una Pensión No Contributiva (PNC) por Invalidez y los titulares de la Prestación por Desempleo, deben presentar ante ANSES el original del Formulario PS 2.68 “Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial” debidamente cumplimentado:

  • Entre la fecha de inicio del ciclo lectivo/Tratamiento de Rehabilitación y hasta el 31 de diciembre de cada año.

– Para los titulares a los que ANSES no les liquida las Asignaciones Familiares: Los trabajadores en relación de dependencia de empresas no incorporadas al SUAF, deben presentar ante su Empresa/Organismo el Certificado Escolar habitual, debidamente cumplimentado:

– dentro de los ciento veinte (120) días de iniciado el ciclo lectivo/Tratamiento de Rehabilitación.

Liquidación:

ANSES continuará liquidando en forma masiva la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual a los trabajadores en relación de dependencia y los titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo incorporados al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF), a los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a los de una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra, a los de una Pensión No Contributiva por Invalidez y a los titulares de la Prestación por Desempleo como lo venía haciendo anteriormente.

– Trabajadores en relación de dependencia y titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo incorporados al SUAF:

– Meses de Liquidación masiva: enero o febrero.

– Meses de Pago: marzo (para quienes tuvieron liquidación masiva en Enero) o abril (para quienes tuvieron liquidación masiva en Febrero).

– Los titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de una Pensión Honorífica para Veteranos de Guerra y de una Pensión No Contributiva por Invalidez:

– Mes de Liquidación masiva: febrero.

– Mes de Pago: febrero.

– Los titulares de la Prestación por Desempleo:

– Mes de Liquidación masiva: Plan 1 y Plan 2 de febrero.

– Meses de Pago: Fines de febrero (para quienes perciben Plan 1) y principios de marzo (para quienes perciben Plan 2).

Para tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual, además de presentar la documentación en tiempo y en forma, tienen que tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo/Hijo con Discapacidad por lo menos en algún mes del período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre.

Aclaración:

El Formulario PS 2.68 “Acreditación Escolaridad/Escolaridad Especial”, además de ser la documentación exigible para la liquidación de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual puede ser utilizado por cualquier persona que quiera acreditar la escolaridad/escolaridad especial ante ANSES, por ejemplo para la cobertura de la Obra Social.