En el marco de las modificaciones introducidas por la Resolución (SIyDP) 121/23 a la Resolución (SEyPME) 220/19, se establecieron mediante la Disposición (SsPyME) 88/2023 los valores de los límites de ventas totales anuales para categorizarse como MyPYME

Asimismo, se suprime el tope de personal ocupado para las actividades agropecuaria, de la construcción, e industria y minería quedando dicha limitación exclusivamente para los sectores de comercio y servicios.