
Trabajo Agrario
Mediante la Resolución (RENATRE) 639/23 se aprueba la inscripción de oficio de Trabajadores y Empleadores no inscriptos en RENATRE.
La registración de oficio o automática será retroactiva a la fecha de inicio de la relación laboral en el caso de los trabajadores y a la fecha del alta en la AFIP en el caso de los empleadores.
Esta registración de oficio procederá en los siguientes casos:
- Cuando a instancia de la administración, el empleador realice el trámite de inscripción de sus trabajadores ante el RENATRE, aportando la documentación que al efecto se requiera.
- Cuando el empleador proceda a regularizar una situación laboral reconocida mediante sentencia judicial firme, emanada de los tribunales laborales o del trabajo de todo el país
- Cuando el RENATRE oficiosamente proceda a inscribir y registrar a trabajadores, en virtud de una sentencia judicial firme, emanada de los tribunales laborales o del trabajo de todo el país.
Se deroga además la obligatoriedad del ingreso del Código Único de la Libreta de Trabajo Rural Credencial.
El programa Inter cosecha, recientemente modificado por la Resolución (MTESS) 63/2023, brinda a los trabajadores las siguientes prestaciones:
- Una ayuda económica no remunerativa mensual durante el receso estacional, la cual podrá ser contabilizada como parte del salario por los empleadores con quienes celebren un contrato laboral durante el período entre cosechas;
- Acceso a los cursos y/o acciones de formación previstos por el PLAN DE FORMACIÓN CONTINUA, a las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, al PROGRAMA DE INSERCIÓN LABORAL, al PROGRAMA DE EMPLEO INDEPENDIENTE y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES y a otros programas o acciones de empleo implementados por el MTESS.
- Facilidades para movilizarse hacia otras regiones del territorio nacional, durante la contra temporada, con el fin de insertarse en empleos relacionados con otros cultivos.