fbpx
LayerSlider encountered a problem while it tried to show your slider.Please make sure that you've used the right shortcode or method to insert the slider, and check if the corresponding slider exists and it wasn't deleted previously.

STRIKINGLY STYLISH

wake your emotions with ampere

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adiping elit. Etiam placerat odio nec quam aliquet, velsa consectetur neque varius.

STRIKINGLY STYLISH

wake your emotions with ampere

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adiping elit. Etiam placerat odio nec quam aliquet, velsa consectetur neque varius.

STRIKINGLY STYLISH

wake your emotions with ampere

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adiping elit. Etiam placerat odio nec quam aliquet, velsa consectetur neque varius.

STRIKINGLY STYLISH

wake your emotions with ampere

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adiping elit. Etiam placerat odio nec quam aliquet, velsa consectetur neque varius.

RESPONSIVE ALL THE WAY!

check it our on your device, it’s quite cool

  • 1170px full width beautiful view
  • Adapting to mobile phones, no matter how you turn it
  • Adapting to pads

Show your work like a pro

DNU 70/23 – CUESTIONES DE APLICACIÓN PRÁCTICA A IMPLEMENTAR

26.01.2024 / 0 comments

En información útil van a encontrar el análisis comparativo del DNU, con comentarios y referencias normativas, así como un resumen temático de todas las reformas dispuestas por el DNU 70/23. Como primera medida vamos a enumerar a continuación todas las…

Feriados

26.01.2024 / 0 comments

A continuación, exponemos el calendario de feriados para el año 2024. En los feriados y días no laborables generalmente se conmemora algún acontecimiento histórico, festivo o religioso establecido en el calendario a nivel nacional. En los días feriados, los trabajadores…

Salario Mínimo, Vital y Móvil

26.01.2024 / 0 comments

Mediante Resolución (CNEPSMVM) 15/23 se incrementan los montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023. También se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo.

Topes a la base imponible

26.01.2024 / 0 comments

A través de la Resolución (ANSES) 189/23, se establecieron los topes a la base imponible vigentes a partir de septiembre de 2023.

0

Followers

0

Mails received

0

Downloads

0

Likes

some of our clients that trust us, be sure to be one of them

IERIC

Mediante Resolución (IERIC) 46/23 se establecen los importes de aranceles para el año 2024:

  • Arancel por InscripciónEmpresas
    • Tipo "A": $ 125.000Empresas
    • Tipo "B": $ 250.000
  • Arancel por Renovación Anual:
    • Empresas Tipo “A”: $ 85.000
    • Empresas Tipo “B”: $ 170.000
  • Arancel para el levantamiento de Baja Empresaria Voluntaria:
    • Empresas Tipo “A”: $ 85.000
    • Empresas Tipo “B”: $ 170.000
  • Arancel por expendio de Lectoras de Credenciales de Registro Laboral: $ 26.000
  • Arancel emisión de Credencial de Registro Laboral: $ 1.800

Licencia especial para progenitores o representantes legales de niños con cáncer

Se establece que a los fines de la percepción de la licencia especial del artículo 13 de la Ley 27.674, los empleadores deberán conformar las declaraciones juradas ante la AFIP, indicando el código de situación de revista correspondiente de cada trabajador y la remuneración bruta que le corresponda percibir en el período declarado.

  • Recordamos que a los efectos de identificar en las declaraciones juradas a los trabajadores que usufructuarán la licencia, se debe utilizar el código de situación “51 - Licencia Ley 27.674 Art. 13 - Régimen De Protección Integral Del Niño, Niña y Adolescente Con Cáncer”, cualquiera sea la modalidad de contratación.

Importante: El goce de la licencia especial resulta incompatible con el cobro simultáneo de la asignación por maternidad.

El trámite de solicitud de la licencia constará de un Formulario que se encontrará disponible en la página WEB de ANSES y se debe presentar ante la misma.

Asimismo, recordamos que, en caso de que no se pueda acreditar de manera fehaciente el monto mensual de la remuneración correspondiente al personal de Casas Particulares, a los fines del pago de la asignación sustitutiva del salario se toma como referencia el valor de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas correspondientes a la CATEGORÍA PROFESIONAL PERSONAL PARA TAREAS GENERALES bajo la modalidad de sin retiro vigente al momento de la licencia, de acuerdo a las horas semanales por el que este registrada la relación laboral según la escala salarial fijada por la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES (CNTCP) vigente al momento de la licencia.

Agrario

Extensión de la licencia por enfermedad de familiares a la madre y el padre del trabajador

Se modifica, mediante Resolución (CNTA) 221/23, la licencia especial con goce de sueldo que había establecido la Resolución (CNTA) 63/06.

Se trata de una licencia por enfermedad o accidente de familiares de los trabajadores de permanentes continuos y permanentes discontinuos comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley 26.727, en el ámbito de todo el país, de conformidad con las siguientes prescripciones:

  • La Licencia Especial será de CINCO (5) días por acontecimiento de casos de complejidad normal;
  • La Licencia Especial será de DIEZ (10) días por acontecimiento de casos de alta complejidad;
  • Los plazos referidos en a) y b) se contarán como días corridos.
  • La Licencia Especial para los trabajadores permanentes discontinuos y para los trabajadores temporarios se aplicará de manera proporcional a los días efectivamente trabajados.

El trabajador podrá gozar de la Licencia Especial solo en los casos de accidente o enfermedad del cónyuge o conviviente; de sus hijos a cargo, o de su padre y/o madre.

Acreditación bancaria

A través de la Resolución (CNTA) 220/23 se declara aplicable la Resolución 549/01 para los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario, de la ley 26.727, según los siguientes parámetros:

  • En el caso de los trabajadores permanentes continuos y discontinuos, el empleador deberá abonar las remuneraciones en cuentas bancarias a su nombre abiertas en instituciones bancarias habilitadas a tales fines, de conformidad con lo prescripto por el Articulo 36 de la Ley 26.727.
  • En caso de no existir una institución bancaria en el área referida, el empleador deberá cumplir con esta obligación en aquella que se encuentre en la localidad más próxima al lugar de prestación de tareas o del domicilio del trabajador, según así éste lo decida;
  • En el caso de los trabajadores temporarios, el empleador estará exento de la obligación referida, a excepción de que sea el propio trabajador el que le brinde una CBU o una CVU a los efectos del depósito de sus haberes.
  • En todos los casos, el trabajador podrá exigir que su remuneración le sea abonada en dinero efectivo, como lo establece el artículo 36 de la ley 26.727.

Plan de facilidades para deudas del RENATRE

Se establece a través de la Resolución (RENATRE) 5192/2023, un PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL del RENATRE para el periodo 2024.

El mismo está destinado a empleadores rurales de todo el país, con el objeto de cancelar las obligaciones de la seguridad social que se adeuden al Registro y que comprende:

  • Deuda por contribución mensual e intereses resarcitorios;
  • Deuda determinada de oficio por contribución mensual e intereses resarcitorios;
  • Deuda determinada por infracción e intereses;
  • Deuda en concepto de juicios por ejecución fiscal iniciados por el RENATEA o RENATRE.

Asignaciones Familiares

A través de la Resolución (ANSES) 223/23 se establece el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares a partir de diciembre 2023: