El decreto 788/22 dispone el otorgamiento de un refuerzo de ingreso previsional por un monto máximo de $ 10.000, que se abonará en los meses de diciembre de 2022 y enero y febrero de 2023.

El refuerzo de ingreso previsional será liquidado por titular a:

  • Los titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, de regímenes nacionales generales anteriores, de regímenes especiales derogados, o por las excajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05;
    • Los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor
    • Los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

El monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a:

  • $10.000 mensuales para aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto menor o igual a $50.124,26;
    • $7000 mensuales para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior $53.124,26) y menor o igual a $100.248,52.
    • Para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior $50.124,26 y menor o igual a $ 53.124,26, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $60.124,26.
    • Para aquellos y aquellas titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe mayor a $100.248,52 y hasta $107.248,52, el monto del refuerzo de ingreso previsional será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar $107.248,52.