
La Súper Moratoria 2020 podría ser ley la semana próxima: puntos principales del plan de alivio impositivo
El proyecto establece que se podrá acceder a planes entre 48 y 120 cuotas para regularizar las deudas acumuladas hasta el 31 de julio.
El Senado buscará convertir en ley la próxima semana el proyecto de ampliación de la moratoria impositiva, luego de que este martes obtuviera dictamen positivo en comisión el texto que el viernes obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados, mientras la oposición anunció que iría al recinto con un pronunciamiento en disidencia en algunos artículos.
En respaldo de la normativa, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont expuso este martes en la comisión de Presupuesto que conduce el peronista Carlos Caserio, donde respondió preguntas de la oposición y ponderó la moratoria.
Marcó del Pont consideró que el plan de pagos -que comprende a deuda hasta el 31 de julio pasado- dará “oxígeno” para que todos los contribuyentes apuntalen la reactivación del país en la pospandemia.
El jefe de los senadores del oficialismo, José Mayans, adelantó que el Frente de Todos buscará convertir en ley la normativa en la sesión de la semana próxima, tras pasar hoy a la firma el dictamen de mayoría.
En su informe, la titular de la AFIP declaró que el nivel de deuda existente hoy con el fisco “es muy relevante” y afirmó que lo que el Gobierno nacional busca con el proyecto de ley de moratoria impositiva es “acompañar el proceso de recuperación” económica y social que deberá afrontar Argentina.
Marcó del Pont sostuvo que “si no se genera un programa” como el de moratoria que se discute en el Senado, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, “va a ser muy difícil que se pueda acompañar el proceso de recuperación”.
La funcionaria respondió, además, a cuestionamientos de la oposición respecto a incluir en el plan de moratoria a deudores que poseen causas de corrupción y señaló en ese sentido que, a través de este programa, “solo se extinguen responsabilidades penales que tienen que ver con cuestiones tributarias, aduanera o previsionales y esto no es novedoso”.
La funcionaria informó que “el monto de la deuda total, en lo que es deuda exigible no regularizada, es de 540.762 millones de pesos”, lo que representa “la cuarta parte del total del crédito al sector privado”.
En representación de la bancada de Juntos por el Cambio, Esteban Bullrich y Silvia Elías de Pérez cuestionaron los artículos 11 y 16 de la iniciativa y adelantaron que, si bien apoyan en general la moratoria, irían con un dictamen en minoría por considerar que esos artículos están hechos “a medida” del empresario de Oil Combustibles, Cristóbal López.
“Vamos con dictamen propio porque nos parecen lo suficientemente grave los artículos 11 y el 16 como para no acompañar”, sostuvo Bullrich, y añadió que “la empresa que tiene causas penales abiertas que se adhiere a la moratoria directamente zafa de las causas penales, algo con lo que no estamos de acuerdo”.
Marcó del Pont negó que la norma favorezca a alguien en particular, remarcó que hay unas 40 empresas de combustibles deudoras y recalcó que “lo importante es que la AFIP recupere deuda” en este momento de crisis atravesada por pandemia.
Moratoria fiscal: proyecto de ley
La iniciativa, enviada a la Cámara de Diputados de la Nación, amplía el alcance de la Moratoria 2020 creada por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, para incluir a todos los contribuyentes que originalmente no habían sido contemplados y aliviar la carga de las deudas acumuladas durante la pandemia del Covid-19. Y forma parte de los diferentes instrumentos diseñados por el Gobierno Nacional con el objetivo de ofrecer alivio financiero a las familias, comercios, pymes y empresas. Las principales características son:- Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas para ofrecer alivio, pudiendo regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
- Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 31 de julio de 2020.
- Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020.
- Primera cuota vence el 16 de noviembre.
- Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.
- Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
- Condonación parcial de intereses y total de multas.
- Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).
- Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).
- Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.